jueves, 30 de mayo de 2013

Las comunidades autónomas son las encargadas del registro de los certificados energéticos

A partir del 1 de junio de 2013, quien quiera vender o alquilar su vivienda deberá contar con un certificado energético emitido por un técnico habilitado de eficiencia energética, esto es un arquitecto colegiado o un ingeniero habilitado para ello.

A día de hoy son muchos los propietarios de un inmueble que ya cuentan con su certificado energético, pero desconocen dónde deben registrarlo para poder completar todo el proceso.

El Real Decreto de Certificación Energética que regula la obligatoriedad de disponer de estos certificados de eficiencia energética ha traspasado las competencias de su registro a las Comunidades Autónomas. Además del precio que los propietarios deberán abonar a los profesiones expertos en certificación energética, en algunas comunidades tendrán que pagar una tasa adicional por registrarlos.

Según se ha sabido, la Comunidad de Madrid no cobrará tasas para los certificados energéticos en Madrid, mientras que en Valencia las tasas serán de entre 20 y 25 euros por certificado. En otras comunidades las tasas bajan considerablemente. Así, por ejemplo, en Baleares se pagarán 4,78 euros, en Castilla-La Mancha 3 euros y alrededor de 12 euros en Galicia, donde dependerá de la superficie del inmueble. Canarias, Navarra, Cantabria, Asturias, La Rioja o País Vasco no aplicarán tasa alguna. El resto de regiones aún no han definido el coste del registro energético.


No contar con el certificado de eficiencia energética puede acarrear importantes sanciones a los propietarios de los inmuebles, con multas entre 300 y 6.000 euros. La obligatoriedad de contar con el certificado energético para poder anunciar la venta o alquiler de un inmueble se ha echado encima de las administraciones regionales, a quienes el Gobierno ha transferido las competencias de la certificación energética y muchas de ellas aún no cuentan con técnicos habilitados de certificación energética.

A las comunidades autónomas les corresponde el registro de certificados energéticos y también formar el equipo técnico y sancionador encargado del control técnico y administrativo de las certificaciones energéticas y la obligación de aplicar las sanciones correspondientes. 

Ya son cinco las comunidades con su registro habilitado: Castilla-La Mancha, Asturias, Murcia, Baleares y Canarias. Canarias dispone de un registro habilitado para que los técnicos certificadores energéticos puedan registrar cada certificado de eficiencia energética on-line. Al hacerlo obtendrán, además del certificado sellado, la etiqueta energética oficial que mostrar en los anuncios de venta o alquiler del inmueble.

En Murcia y Castilla La Mancha también se pueden registrar los certificados energéticos on-line, dando también la opción de registro presencial. En Baleares y Asturias, de momento el registro es presencial y en Cantabria también deberá registrarse físicamente

Otras comunidades habilitarán su registro de certificados de eficiencia energética el día 1 de junio: Madrid, Cataluña, Castilla y León, Navarra y La Rioja, todas ellas de modo telemático.

Para tramitar su certificado energético en Madrid
puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

sábado, 25 de mayo de 2013

Así es la etiqueta oficial de calificación energética del edificio terminado

Este es el formato oficial que debe tener la etiqueta de eficiencia energética obtenida a partir del certificado energético obligatorio a partir del día 1 de junio para todos los propietarios que deseen alquilar o vender su inmueble.

1) La etiqueta de eficiencia energética de edificios en todo el territorio español se ajustará al contenido del siguiente modelo:


2) Se tendrán en cuenta una serie de especificaciones relativas al contenido, tamaño y disposición de los distintos elementos, tipos de letra, etc.

3) Escala de calificación energética para edificios destinados a vivienda:

Los edificios de viviendas regulados por este procedimiento básico tendrán una clasificación energética de acuerdo con la tabla I, tanto si corresponde a viviendas unifamiliares como en edificio de vivienda plurifamiliar:



Para tramitar su certificado energético en Madrid puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

lunes, 20 de mayo de 2013

Infracciones y sanciones en materia de certificación energética

El partido del Gobierno (Partido Popular) ha incorporado a través de dos enmiendas al proyecto de Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas el listado de infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y viviendas, así como el régimen sancionador de las mismas.

Según este proyecto, se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados energéticos, actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero), y publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado de eficiencia en vigor debidamente registrado.
 
Las infracciones graves serán incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado de eficiencia energética ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta energética que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

Finamente, constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación energética, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados energéticos sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el Libro del Edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.

Adicionalmente, en materia de certificación de eficiencia energética, será infracción grave la reincidencia, cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación. Las comunidades autónomas tendrán las competencias en materia de clasificación energética, que afectará a las personas físicas o jurídicas, o a las comunidades de bienes que las cometan "aun a título de simple inobservancia".


En cuanto a las sanciones en materia de certificación energética, será de 300 a 600 euros por las infracciones leves, de 601 a 1.000 euros por las graves, y de 1.001 a 6.000 euros las muy graves. No obstante, si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe "equivalente" al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.

Además, en este sentido, las enmiendas 'populares' proponen la creación de un registro de certificados energéticos integrado en el que se recopilen las copias de todos los informes, que los propietarios de los inmuebles deberán remitir obligatoriamente al organismo que determine cada comunidad autónoma, así como también los informes que acrediten la realización de las obras que sean necesarias en cada caso.

El Partido Popular alega que "es preciso que exista un mecanismo que permita aglutinar la información" de los Informe de Evaluación de los Edificios (IEE), registro que deberá pasar por las comunidades autónomas, que son los que tienen las competencias en urbanismo y vivienda. Toda la información de certificados energéticos deberá estar coordinada para ser transmitida a la Administración General del Estado.


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miércoles, 15 de mayo de 2013

El certificado de eficiencia energética, obligatorio para vender o alquilar viviendas

A partir del 1 de junio de 2013, los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda no podrán hacerlo si no tienen el certificado de eficiencia energética del inmueble que describa lo eficaz que es en cuanto al consumo de energía.

Este requisito es obligatorio por el Real Decreto de Certificación Energética aprobado por el Consejo de Ministros a principios de abril y publicado en el BOE el día 13 de abril de 2013.

La etiqueta energética deberá aparecer en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad dirigida a la venta o alquiler de cualquier inmueble. Esta etiqueta energética que indica el nivel de calificación energética del inmueble, utilizará un código de color y una letra –del verde al rojo y de la A a la G-, según el consumo energético del inmueble, siendo la A la clasificación energética más alta (mayor ahorro) y la G, la más baja (mayor gasto).

Los profesionales de certificación energética reconocen la escasa información que se ha ofrecido por parte del Gobierno y la falta de interés por parte de los particulares que quieren vender o alquilar su vivienda a la hora de certificar inmuebles. En el caso del alquiler de viviendas, al ser un mercado poco transparente, los técnicos expertos dudan de que los propietarios vayan a ponerse al día con el certificado energético, aunque su inexistencia puede invalidad cualquier contrato, ya sea de alquiler como de compraventa.

Expertos en certificación energética advierten de que quien no cumpla esta normativa incurre en una infracción en materia de defensa de los consumidores y será sancionado según la ley. Cada Comunidad Autónoma será la responsable de registrar los certificados y de llevar a cabo inspecciones para asegurarse del cumplimiento de la obligación de certificación energética, dando cuenta al Ministerio de Industria.


Según los certificadores, este periodo de adaptación se antoja escaso para que el Ministerio de Industria informe debidamente a los ciudadanos sobre el nuevo certificado energético obligatorio. Es por ello que recomiendan a los propietarios no esperar hasta el último momento para adquirir el certificado energético de la vivienda, puesto que el número de inmuebles sujetos a esta nueva obligación puede superar el millón en toda España.

Los técnicos competentes para emitir y firmar el certificado energético de viviendas serán los que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), esto es, arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros. El precio del certificado energético de un piso depende, entre otros factores, de la tipología y las dimensiones del inmueble. Los honorarios son libres, pero según los cálculos de los expertos consultados, una tasación energética puede rondar los 200 euros para una vivienda tipo 100 metros cuadrados.

Al propietario de viviendas, locales u oficinas que no cumpla con la obligación de entregar el certificado energético a un nuevo inquilino o comprador de la vivienda le espera una sanción en materia de certificación de eficiencia energética que puede llegar hasta los 6.000 euros. Por su parte, las comunidades autónomas deberán habilitar un registro de certificados energéticos, donde se registrarán estos documentos.

Algunos propietarios consideran que la 
etiqueta energética de viviendas es un nuevo gasto, pero en los países donde ya está en vigor esta normativa se ha demostrado la utilidad de esta normativa a la hora de comparar inmuebles por parte de los propietarios.

Es por esto que los expertos advierten del perjuicio que puede tener para la calificación energética de la vivienda contratar a un técnico certificador sin los conocimientos específicos necesarios para optimizar el certificado. Algunos expertos en certificación energética estiman que más del 80% de los inmuebles se situarán entre la letra E y la G.

La realización de un certificado por parte de técnicos no cualificados va en perjuicio de la
clasificación energética, puesto que las opciones más básicas y por lo tanto más rápidas son conservadoras en cuanto a la clase energética que puede alcanzar un inmueble.

Ya puede contratar su certificado energético profesional en el teléfono 620291100 o a través de la web www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

viernes, 10 de mayo de 2013

La termografía como medida para mejorar la eficiencia energética de los edificios

Desde el punto de vista de su eficiencia energética, casi todos los edificios son imperfectos, puesto que no soportan bien el invierno y pierden el calor que producen o no son capaces de mantenerse frescos en verano. El nuevo certificado energético obligatorio pretende cuantificar la eficiencia energética de cada inmueble.

Esto es especialmente relevante en 
edificios antiguos, que pueden perder hasta un 30% de energía por la cubierta y otro 25% por el deficiente aislamiento térmico de las puertas, balcones y ventanas de sus fachadas.

Hasta hace pocos años, la precisión a la hora de medir la
eficiencia energética de los edificios era difícil de obtener y conocer los detalles podía resultar muy difícil, pero ahora esto ha cambiado, con las novedades legislativas y especialmente con las nuevas técnicas a disposición de los técnicos certificadores.

Actualmente existen técnicas para hacer el cálculo de la calificación energética. Una de ellas es la termografía, un sistema que permite medir ambos factores in situ y en tiempo real mediante cámaras termográficas, pudiendo averiguar por qué partes de la envolvente del edificio se están produciendo pérdidas de energía al exterior y conocer cuáles son las debilidades del mismo, así como problemas de humedades o fallos de aislamiento.

Las fotografías termográficas son muy reveladoras de los
problemas energéticos de los edificios, por lo que cada vez existe más demanda de termografías para conocer la eficiencia energética de las viviendas, una herramienta que también podrá usar un certificador a fin de incluir recomendaciones de reforma del inmueble en el certificado de eficiencia energética.

Los
tasadores energéticos o las empresas especializadas en certificación energética podrán ofrecérselo al cliente como un extra para el diagnóstico de patologías, pero no es indispensable para la realización de certificados energéticos. Aplicando medidas de eficiencia energética los propietarios de algunos edificios podrían ahorrar en torno a un 50% de la energía.

Lo ideal sería plantear una rehabilitación energética, donde algunas de las más destacadas son el aislamiento de las fachadas y la sustitución de las ventanas. En
edificios históricos y fachadas protegidas, las acciones de rehabilitación de edificios no serán iguales que en inmuebles convencionales. Los expertos recomiendan hacer estudios interiores para comprobar la viabilidad y diseñar proyectos de rehabilitación específicos para cada inmueble.

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domingo, 5 de mayo de 2013

Diez trucos para ahorrar energía en nuestra vivienda

 Ante la entrada en vigor de los certificados de eficiencia energética obligatorios, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y Ecologistas en Acción han publicado algunas de las principales medidas que podemos llevar a cabo para ahorrar energía en nuestro hogar. Estos son:

1. Cambiar las
carpinterías de las ventanas por unas más aislantes como las de PVC, que suponen el doble de aislamiento térmico que una ventana convencional de aluminio.

2. Reemplazar las bombillas por otras
de bajo consumo o LED, que utilizan menos energía eléctrica para producir la misma iluminación y además tienen una vida útil mucho más larga que las incandescentes.
3. Instalar electrodomésticos de
alta calificación energética, cuyo gasto de energía se indica en las etiquetas energéticas.

4. Instalar
termostatos y temporizadores en los hogares para controlar las instalaciones de calefacción y refrigeración, lo que puede aumentar de forma considerable la eficiencia energética de nuestra vivienda.

5. No dejar cargadores enchufados ni aparatos en "standby", pues consumen cerca de
un 10% de la factura eléctrica.

6. Mejorar los hábitos en la utilización de los grifos -no dejarlos abiertos más que lo necesario- y vigilar los grifos mal cerrados o que presenten fugas.

7. Instalar un cabezal eficiente en la ducha y en los grifos, que mezcla aire con agua, consumiendo aproximadamente la mitad del agua.

8. Instalar
detectores de presencia en las zonas de paso, como pasillos o escaleras, que activen la luz automáticamente para que esté menos tiempo encendida.

9.
Sustitución de las calderas por otras de condensación o de baja temperatura, que ahorran más de un 25% de energía.

10.
Instalación de ascensores con medidas de mejora de la eficiencia energética, como mecanismos de maniobra selectiva o detectores de presencia para que se active sólo el más cercano al punto de llamada.

A estas recomendaciones se une el reciente anuncio del Gobierno de España, que concederá subvenciones para medidas como el
cambio de calderas o la sustitución de la energía convencional por biomasa o de origen geotérmico.

Ya puede contratar su
certificado energético profesional en el teléfono 620291100 o a través de la web www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com